LICENCIA DE OBRAS

 

Cuando un autónomo o un empresario decide abrir un local al público, lo más normal,  una vez alquilado o comprado el local donde va a desarrollar su actividad profesional , es que necesite efectuar obras de reforma en el mismo.

Para poder llevarlas a cabo el emprendedor deberá solicitar una licencia de obras, que, dependiendo de su magnitud, podrá ser de 2 tipos:

 

Licencia de obras menores:

 

Obras que no afecten a la estructura, distribución ni aspecto exterior de los locales donde quiere tener su sede el trabajador autónomo o empresario

Los documentos a presentar son: solicitud, presupuesto  de las obras, que irá firmado por la persona responsable de las mismas, un documento explicativo de las obras a realizar que irá debidamente valorado y firmado por el autónomo o empresario solicitante, y el recibo de haber pagado la tasa correspondiente a la licencia.

 

Licencia de obras mayores:

 

Cuando afecten a la estructura, distribución o aspecto exterior del local o inmueble donde el empresario quiera realizar las obras.

Los documentos a presentar en este caso son: solicitud, presupuesto  de las obras, que irá firmado por la persona responsable de las mismas, memoria donde se relacionarán y valorarán detalladamente las obras a realizar , un proyecto técnico firmado por una persona facultada para ello , y recibo de haber pagado la tasa correspondiente.

 

Esta licencia se tramita en el departamento de Urbanismo del Ayuntamiento.

Desde que el Ayuntamiento concede la licencia, las obras deberán iniciarse antes de los 6 meses siguientes.

 

LICENCIA DE APERTURA

 

Para poder realizar cualquier actividad, todo autónomo, profesional o empresario tiene que poseer una licencia de apertura.

 

Dependiendo del tipo de actividad que quiera desarrollar el autónomo, empresario o profesional, pueden ser de 2 tipos: actividades inocuas o clasificadas:

 

*Actividades inocuas: las que no causan molestias, ni venden productos perecederos

*Actividades clasificadas: aquellas que pueden causar molestias o ser peligrosas.

 

Documentación que debe presentar

Cuando el local del autónomo o empresario se vayan a llevar a cabo actividades que no sean molestas o nocivas para las personas, y que, su superficie no supere los 300 metros cuadrados en vez de la licencia de apertura, presentarán una declaración responsable de inicio de su actividad y abonar las tasas que correspondan.

 

*Si la superficie del local es superior a 300 metros cuadrados y su actividad está catalogada de inocua deberá aportar:

*Un informe técnico que elaborará un informe en el que deberá certificar que el local cumple con las medidas y requisitos legales  necesarios para la realización de la actividad del emprendedor y pagar las tasas correspondientes.

 

En caso de que la actividad a desarrollar por el autónomo o empresario sea de las denominadas actividades clasificadas, además de lo anterior deberá presentar:

*Autorización de la comunidad de vecinos donde esté el local.

*Informe del estudio acústico del local indicando que está debidamente insonorizado e indicando detalladamente que equipo y de qué forma se ha llevado a cabo la insonorización

*Informe detallado de las medidas higiénicas incluyendo las salidas de humos, zonas de depósito de residuos, zonas de vestuario, ventilación y situación general.

*Plan contra incendios con indicación de salidas de emergencia, señalización de evacuación, extintores y señales acústicas y luminosas así como el  plan de emergencias.

*Pagar las tasas correspondientes.

 

La tramitación de las licencias de apertura se hará en el Ayuntamiento.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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