Para la contabilidad de la empresa, habría que diferenciar entre la ropa de los altos ejecutivos y la ropa que realmente se usa para trabajar.
Los altos ejecutivos, en función de su puesto, muchas veces deben de llevar ropa formal como corbatas, camisas, chalecos, jerséis, pantalones y americanas, en el caso de los hombres, y, faldas o trajes de chaqueta en el de las mujeres.
En este caso la Agencia Tributaria no permite que se contabilice como gastos de vestuario, ya que interpreta que, como suelen ser puestos con altos sueldos, les permite pagar ellos mismos su propio vestuario.
La ropa que realmente se usa para trabajar (o vestuario laboral) es aquella que tan solo se utiliza en el entorno del trabajo.
También toda prenda y complemento que se use como EPI y por seguridad dentro del ámbito laboral.
Generalmente llevará grabado el logotipo de la empresa a modo uniformes, como por ejemplo, la ropa de los talleres mecánicos, la utilizada en las obras de construcción, la de hostelería, panaderías, carnicerías, fontaneros…
En definitiva todo aquel uniforme que cualquier empresa desee que lleven sus trabajadores para dar imagen de la misma.
En este último caso la ropa sí que se puede considerar gasto deducible de la empresa.
A la hora de contabilizar estos gastos, dado que se supone que el vestuario se entrega a título gratuito y por deseo expreso de la empresa, lo deberemos hacer en el grupo 629, en una subcuenta que se denomine Gastos de vestuario personal.
En esta subcuenta podremos ir contabilizándolo a medida que nos lleguen las facturas y efectuemos su entrega a los trabajadores.
En el caso de que la empresa necesite tener un stock de vestuario, las facturas se podrán ir contabilizando en el subgrupo 602 como Aprovisionamientos.
A final de año podremos llevarlo a la cuenta 629 por diferencia entre existencias iniciales y finales.