Requisitos para la compra venta de setas

Estando en plena de temporada de setas es muy habitual vender setas a restaurantes. Conviene recordar los requisitos para la comercialización de las setas para nuestros establecimientos.

El código alimentario español, regula las normas sanitarias de las setas u hongos. Dentro del capítulo de hortalizas y verduras se describen como comestibles 33 especies de setas.

También regula las normas de producción y comercialización de los productos alimenticios, y por supuesto las normas de seguridad alimentaria en lo que se refiere a las setas.

 

Todas estas normas serán aplicables:

-A las setas silvestres y a las cultivadas que se comercialicen en el mercado español.

-Al suministro directo de setas frescas desde los productores y recolectores hasta los consumidores finales.

-A la comercialización en instalaciones permanentes autorizadas.

 

El real decreto clasifica las setas en:

*Setas frescas: Son las que no han sido tratadas, y lo único que se les hace es refrigerarlas.

*Setas conservadas: Se le ha aplicado un tratamiento a base de calor, deshidratación, encurtido o congelación.

 

Los requisitos que marca el real decreto para que las setas puedan ser comercializadas son:

Estar perfectamente identificadas.

Estar en perfecto estado de conservación:

Sin traumatismo alguno que afecte a su presencia.

Que no tenga podredumbre.

Ni con daños de heladas.

Que no tengan gusanos ni insectos ni sus excrementos.

Que no tengan materias extrañas adheridas, salvo la tierra de cobertura.

Que no tengan agentes patógenos.

Que hayan sido recolectadas con un corte limpio.

No tener residuos de pesticidas, ni de radiactividad, ni de contaminantes químicos por encima de los límites legales establecidos.

No podrán llegar al consumidor mezcladas las especies entre sí.

Especies de setas comercializables

A. Cuando se comercializan setas frescas, solo podrá hacerse con las especies silvestres siguientes:

Agaricus campestris

Agaricus sylvaticus

Agrocybe aegerita (cylindracea)

Amanita caesarea, con la volva abierta

Amanita ponderosa

Boletus aereus

Boletus edulis

Boletus pinophilus (pinicola)

Boletus reticulatus

Calocybe gambosa

Cantharellus cibarius

Cantharellus cinereus

Cantharellus lutescens

Cantharellus tubaeformis

Cantharellus subpruinosus

Clitocybe geotropa

Craterellus cornucopioides

Fistulina hepatica

Higrocybe pratensis

Hydnum albidum

Hydnum repandum

Hydnum rufescens

Hygrophorus agathosmus

Hygrophorus gliocyclus

Hygrophorus latitabundus (limacinus)

Hygrophorus marzuolus

Hygrophorus penarius

Hygrophorus russula

Lactarius deliciosus

Lactarius quieticolor

Lactarius salmonicolor

Lactarius sanguifluus

Lactarius semisanguifluus

Lepista panaeolus (luscina)

Lepista nuda

Lepista personata

Macrolepiota procera

Marasmius oreades

Pleurotus eryngii

Pleurotus ostreatus

Rhizopogon luteolus (obtextus)

Rhizopogon roseolus

Russula cyanoxantha

Russula virescens

Suillus luteus

Terfezia arenaria

Terfezia claveryi

Terfezia leptoderma

Tricholoma portentosum

Tricholoma terreum

Tuber aestivum

Tuber borchii

Tuber brumale

Tuber indicum

Tuber magnatum

Tuber melanosporum (nigrum)

Ustilago maydis

Xerocomus badius (Boletus badius)

B. Cuando se comercializan setas frescas, solo podrá hacerse con las siguientes especies cultivadas:

Agaricus arvensis

Agaricus bisporus

Agaricus bitorquis

Agaricus blazei

Agaricus brunnescens

Agrocybe aegerita (cylindracea)

Auricularia auricula-judae

Auricularia polytricha

Coprinus comatus

Flammulina velutipes

Grifola frondosa

Hericium erinaceus

Lentinula edodes

Lepista nuda

Lepista personata

Hypsizygus marmoreus

Hypsizygus tessulatus

Pholiota nameko

Pleurotus cystidiosus

Pleurotus cornucopiae (citrinopileatus)

Pleurotus djamor

Pleurotus eryngii

Pleurotus fabellatus

Pleurotus nebrodensis

Pleurotus ostreatus

Pleurotus pulmonarius

Pleurotus sajor-caju

Pleurotus tuber-regium

Sparassis crispa

Stropharia rugosoannulata

Tremella fuciformis

Tremella mesenterica

Tricholoma caligatum (matsutake)

Volvariella volvacea

 

Cuando se trate de comercializar setas conservadas, además de las citadas en el apartado A y B:

C. Podrán utilizarse las siguientes especies, una vez que hayan sido tratadas adecuadamente para eliminar el riesgo de peligro que tienen en fresco:

Helvella sp

Morchella sp

chaqueta de cocinero

Además las setas conservadas tienen que manipularse, prepararse y almacenarse en establecimientos autorizados.

Todas las setas que no figuran en las tres listas anteriores se consideran sospechosas de toxicidad.

No podrán comercializarse de ninguna manera, al igual que las siguientes especies:

Agaricus iodosmus (pilatianus)

Agaricus moelleri (praeclaresquamosus)

Agaricus placomyces

Agaricus xanthodermus

Amanita gemmata (junquillea)

Amanita muscaria

Amanita pantherina

Amanita phalloides

Amanita porrinensis

Amanita proxima

Amanita verna

Amanita virosa

Boletus lupinus

Boletus pulchrotinctus

Boletus rhodoxanthus

Boletus satanas

Choiromyces meandriformis

Clitocybe acromelalga

Clitocybe alnetorum

Clitocybe amoenolens

Clitocybe candicans

Clitocybe cerussata

Clitocybe clavipes

Clitocybe dealbata

Clitocybe diatreta

Clitocybe ericetorum

Clitocybe festiva

Clitocybe gracilipes

Clitocybe nebularis

Clitocybe phyllophila

Clitocybe rivulosa

Conocybe sp

Coprinus atramentarius

Coprinus romagnesianus

Cortinarius sp

Entoloma lividum (sinuatum)

Entoloma nidorosum

Entoloma niphoides

Entoloma rhodopolium

Entoloma vernum

Galerina sp

Gymnopilus sp

Gyromitra sp

Hebeloma crustuliniforme

Hebeloma sinapizans

Hypholoma fasciculare

Hypholoma sublateritium

Hygrocybe conica (Nigrescens)

Inocybe sp

Lactarius chrysorrheus

Lactarius helvus

Lactarius necator

Lactarius torminosus

Lepiota sp

Macrolepiota rachodes var bohemica

Macrolepiota venenata

Mycena pura

Mycena rosea

Omphalotus illudens

Omphalotus olearius

Panaeolus sp

Paxillus filamentosus

Paxillus involutus

Pholiota squarrosa

Pholiotina sp

Pleurocybella porrigens

Pluteus nigroviridis

Pluteus salicinus

Psilocybe sp

Ramaria formosa

Ramaria pallida

Russula emetica

Scleroderma sp

Stropharia aeruginosa

Stropharia coronilla

Stropharia cyanea

Stropharia semiglobata

Stropharia stercoraria

Tricholoma auratum

Tricholoma equestre

Tricholoma filamentosum

Tricholoma flavovirens

Tricholoma josserandii

Tricholoma pardinum

Tricholoma sulfureum

Tricholoma scioides

Tricholoma sejunctum

Tricholoma virgatum

 

Todas las setas deberán estar perfectamente etiquetadas con arreglo a la normativa vigente.

En todas las presentaciones deberán figuran a que género pertenece, su especie y si son silvestres o cultivadas. Podrán llevar el nombre común con el mismo tipo y tamaño de letra.

El proveedor deberá asegurarse de la perfecta identificación de las setas.

Los responsables de las empresas que efectúen la producción, transformación y distribución de las setas, tendrán que formar en micología a los empleados en el marco de su formación de manipuladores de alimentos, con el fin de evitar la utilización de setas tóxicas.

 

Además tendrán que establecer controles y llevar un registro en el que conste:

Cantidades, fecha de compra, origen de las mismas, identificación del productor, identificación de género y especie, procedimiento de conservación o de tratamiento efectuado, fecha de distribución, cantidades y destinos.

chaquetilla de cocinero

Los establecimientos que abastezcan al consumidor final solo podrán comprar en los canales autorizados.

Las comunidades autónomas podrán autorizar el suministro directo desde el recolector a los establecimientos que abastecen al consumidor final.

Previamente elaborarán listas con las setas que pueden ser comercializadas (A, B y  las C si han sido sometidas al tratamiento necesario para su consumo).

Los establecimientos deberán asegurarse que todos los requisitos antes descritos se han cumplido. No podrán venderlas a otros establecimientos, solo al consumidor final.

Los establecimientos que reciban suministros de productores directamente, tendrán que demostrar mediante documentos todos los requisitos antes citados.

 

Puedes ver el documento original en el BOE:

https://wwwboees/diario_boe/txtphp?id=BOE-A-2009-1110

 

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