Diferencias entre despido procedente e improcedente

No es nada extraño enfrentarse o haber sido testigo de un despido laboral. Pero no todos los despidos son iguales, es muy importantes saber cuáles son las diferencias entre el despido improcedente y el procedente.

Cada uno de ellos implica una serie de requisitos. El trabajador debe estar informado sobre qué derechos y obligaciones tiene según cada caso. Te explicamos a continuación cuál es la diferencia entre despido procedente e improcedente.

Como normal general, un despido improcedente es cuando se realiza sin motivos demostrables.

Por otro lado, se consideraría despido procedente al despido justificado. Puede ser por el bajo rendimiento del trabajador, falta de aptitud para el desempeño del cargo, un incumplimiento reiterado de los horarios de trabajo…siempre que todo esto se pueda demostrar.

Obviamente, cada caso es diferente y se deben tener en cuenta todas las circunstancias.

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Despido procedente

El despido procedente puede ser de dos tipos:

Disciplinario:

Cuando el trabajador comete hechos graves contra las normas de la empresa.

Si los trabajadores no cumplen con las normas de la empresa, la empresa puede despedirles (lo que sería un despido procedente o disciplinario).

En caso de este tipo de despido la empresa no tendrá que indemnizar al trabajador. Obviamente la empresa tiene que demostrar los hechos que han ocasionado el despido del trabajador.

 

¿Qué debe pagar la empresa en caso de despido disciplinario?

Tendrá que abonar el finiquito, es decir las cantidades que la empresa tenía pendiente de abonar a su trabajador.

Como por ejemplo el sueldo por los días trabajados, horas extras pendientes de pago, la parte correspondiente de las pagas extraordinarias por los días trabajados y no cobrados…

 

Por causas objetivas:

Causas económicas: cuando la empresa este en pérdidas, bien en ese momento (basta con que los ingresos disminuyan significativamente en tres trimestres sucesivos), o bien se prevean en próximos ejercicios contables.

Causas organizativas: cuando la empresa aborde cambios notables en su forma de trabajar.

Por cambios en la producción: cuando la empresa para adaptarse al mercado, disminuye significativamente la producción porque la demanda de sus productos baja.

Por causas técnicas: cuando la empresa aborda un cambio significativo en su forma de producir, como por ejemplo mecanizar sus sistemas de producción.

 

¿Qué indemnización se tiene que cobrar por despido por causas objetivas?

Si el despido fuera procedente pero por causas objetivas, la indemnización que corresponderá pagar por parte de la empresa sería de 20 días por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades.

Además se tendrá que cobrar el finiquito, es decir las cantidades que la empresa tenía pendiente de abonar a su trabajador: sueldo por los días trabajados, horas extras pendientes de pago, la parte correspondiente de las pagas extraordinarias por los días trabajados y no cobrados…

 

¿Con cuánto tiempo tiene que notificar la empresa el despido?

Siempre debe dar al trabajador un preaviso de 15 días naturales. Lo tendrá que hacer mediante una carta, indicándole de forma pormenorizada por qué se le despide.

Si la empresa entrega el preaviso con menos tiempo, deberá pagar el salario de los días que falten del preaviso.

 

¿Qué documentación tiene que recibir el trabajador?

  1. La carta en la que se le comunica el despido, en la que llevará explicadas las causas del mismo e incluirá la fecha de cese del trabajador.
  2. El certificado de empresa.
  3. Los documentos con las cotizaciones.
  4. El finiquito, si no se está de acuerdo se puede firmar como “recibido no conforme”.

 

Estos documentos son necesarios para tramitar el desempleo. Normalmente el certificado de empresa lo suele tramitar la propia empresa. No obstante al acudir el trabajador al Servicio Público de Empleo deberá llevar copia de todos los documentos.

 

¿Cuándo hay que presentar la documentación para tramitar el paro?

El plazo para solicitarlo es de 16 días hábiles desde la fecha del cese.

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Despido improcedente

Se produce cuando una empresa despide a un trabajador sin causas que lo justifiquen.

¿Qué hay que hacer si el trabajador no está de acuerdo con el despido?

Una vez que la empresa se lo comunica al trabajador, si este no está de acuerdo, ambas partes deberán acudir a Magistratura Laboral a un juicio de conciliación.

Allí se intentará llegar a un acuerdo entre ambas partes. Ambos expondrán sus razones, en caso de no llegar a un acuerdo habrá que recurrir a la vía judicial.

El trabajador dispone de 20 días hábiles para presentar la demanda ante el juez.

 

¿Cuántos días tarda la empresa en readmitir al trabajador si el despido es improcedente?

Cuando el juez sentencia que el despido ha sido improcedente, la empresa dispone de 5 días desde que la sentencia le sea notificada.

La empresa en este caso tendrá 2 posibilidades:

  1. Readmitir a su empleado, en el mismo puesto de trabajo.
  2. Indemnizarle con 33 días de sueldo por año trabajado y hasta un máximo de 24 mensualidades. Si el trabajador estuviera trabajando en esa empresa desde antes de 11 de febrero de 2012, le correspondería un máximo de 42 mensualidades.

Si la empresa se inclina por la readmisión pero no la lleva a cabo, deberá indemnizar al trabajador no sólo con los 33 días por año trabajado, sino que también le tendrá que abonar los salarios de tramitación.

 

¿En el despido improcedente se tiene derecho a paro?

Sí, se tiene derecho. Al igual que si ha sido despedido por causas objetivas, serán los mismos plazos (15 días) para tramitar la solicitud del paro.

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